En
la página de la Asociación Ecuatoriana de Archiveros se indica:
“Con
Acuerdo No. SGPR-2019-0107 de 10 de abril de 2019, la Secretaría General de la
Presidencia de la República expidió la Regla Técnica Nacional para la
Organización y Mantenimiento de los Archivos Públicos.
El
ámbito de aplicación de la Regla Técnica es “… todos los organismos, entidades
e instituciones del sector público y privado en los que el Estado tenga participación”.
Esta regla nace en el marco del Código Orgánico Administrativo, que dispone la
expedición de la Regla.
La
Regla recoge criterios emitidos por la Asociación Ecuatoriana de Archiveros en
mesas de trabajo mantenidas con el personal de la Dirección Nacional de
Archivos, así como de otros profesionales del ámbito público. La norma
contempla y amplía temas que la Norma Técnica de Gestión Documental y Archivo
había omitido, aunque deja la posibilidad de que profesionales de la gestión
documental y archivo desarrollen procedimientos propios, de acuerdo a las
realidades institucionales. Lo cual abre espacios para el ejercicio
profesional.
Con
la Regla Técnica Nacional, se deroga tanto la Norma Técnica como su
metodología. Se establecen plazos para cumplir hitos, como son la construcción
del Cuadro de Clasificación, Tabla de Plazos de Conservación de Documentos,
implementación de sistemas de gestión de documentos, etc.”
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